Las plataformas de pronósticos deportivos, como Ecuabet, Sportbet, Betcris y otras, deberán obtener una licencia del Ministerio del Deporte para poder operar en Ecuador.
Así lo estableció el presidente Daniel Noboa, mediante una reforma al reglamento que regula la actividad de estas empresas en el país y que fue emitido vía Decreto 487 el 19 de diciembre de 2024.
La licencia será el único título habilitantepara el ejercicio de la actividad económica de pronósticos deportivos en el Ecuador, versa el reglamento. Inicialmente, se había planteado que las plataformas obtengan el Registro Único de Contribuyentes en el Servicio de Rentas Internas (SRI), pero ese requisito ya no está en el reglamento.
Los requisitos para obtener la licencia serán determinados por el Ministerio del Deporte y tendrán un periodo de vigencia de 5 años.
La licencia tendrá un costo de 655 salarios básicos unificados del año en cuestión; en 2025, considerando que el salario será de USD 670, significa que las plataformas de pronósticos deportivos deberán pagar un valor de USD 438.850 al Estado.
El Ministerio del Deporte tendrá tres meses para emitir la reglamentación necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento.
Regularización de ‘apps’ de pronósticos empezó en 2023
Ecuador comenzó a regular la actividad de pronósticos deportivos en mayo de 2023, cuando el entonces presidente Guillermo Lasso firmó un decreto de urgencia económica para promulgar la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar.
Lasso creó un régimen especial para que los negocios de pronósticos deportivos paguen un Impuesto a la Renta Único del 15% mensual sobre los ingresos que reciben por apuestas localizadas en Ecuador por Internet o cualquier otro medio.
El cuerpo legal proponía que, de la base imponible, las empresas podrían descontar los premios que otorgan a los jugadores.
El actual presidente Daniel Noboa introdujo cambios al régimen tributario especial para los pronósticos deportivos a través de la Ley de Eficiencia Económica, que entró en vigencia en diciembre de 2023.
Uno de los ajustes fue la extensión del plazo para la entrada en vigencia del impuesto hasta el 1 de julio de 2024.
Además, la Ley de Eficiencia Económica dispuso que el impuesto del 15% sea pagado por todo operador de pronósticos deportivos, sea residente o no.
Sobre los premios pagados a los jugadores deberá aplicarse una retención en la fuente de impuesto a la renta de 15%. Los operadores también deberán declarar y pagar mensualmente estas retenciones, que constituirán un crédito tributario para los ganadores de los premios cuando deban hacer el pago anual del Impuesto a la Renta.
Las personas naturales que reciban ingresos por premios de pronósticos deportivos deberán incluir esos ingresos en su declaración anual del Impuesto a la Renta, considerando para el pago del impuesto el crédito tributario otorgado con las retenciones realizadas por el operador.
El pago del impuesto único se realiza desde septiembre de 2024.
¿Quiénes están sujetos al control?
El nuevo reglamento, además, precisa que serán sujetos pasivos del Impuesto a la Renta Único todos los operadores de pronósticos deportivos (personas naturales o empresas), incluso las entidades sin fines de lucro, a excepción de la Junta de Beneficencia de Guayaquil y de la Fundación Fe y Alegría.
El reglamento da, además, un plazo de tres meses para que la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y otros organismos de control implementen los sistemas y mecanismos de control para estas actividades. En ese período, dice el reglamento, estas plataformas no serán sancionadas.