Paola Roldán, quien padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), reaccionó a la sentencia de la Corte Constitucional (CC), que falló a favor de su demanda, y con ello despenalizó la eutanasia en el Ecuador.
“Recibo esta noticia muy conmovida y con alivio. Hubo días en los que pensé que nunca iba a escuchar el resultado de esta demanda, así que hoy ha sido un momento muy especial para mí”, comentó Roldán en rueda de prensa.
Agregó que tras conocerse el dictamen de la CC, recibió varias llamadas de personas que, como ella, han estado solicitando la eutanasia.
“Con ellos también lloramos y nos alegramos juntos de esta decisión de la Corte de apostar por la solidaridad, la autonomía, la libertad y la dignidad”.
Paola comentó que estos días pasará con su familia, abogados, y demás personas que la han ayudado en esta “titánica tarea”.
“Hoy el Ecuador es un país un poco más acogedor, más libre y más digno”, finalizó la mujer de 42 años.
En cambio, su padre Francisco Roldán reaccionó a la noticia con sentimientos ambivalentes. Explicó que siente satisfacción de que su hija haya conseguido un hecho histórico, un legado para la sociedad ecuatoriana, pero también sabe que el desenlace de ella está más cerca.
“Tenemos el corazón partido porque se puede producir un desenlace que lo sabemos y lo hemos venido procesando, que es la muerte de mi hija. Eso es fuertísimo”, aseguró el padre.
CUÁNDO Y CÓMO SE APLICARÁ LA EUTANASIA?
Ramiro Ávila, abogado constitucionalista, relató que Paola Roldán cuenta con certificaciones médicas de que la enfermedad que padece es grave, irreversible e incurable. También cumple con el requisito del consentimiento libre e informado. De hecho, lo tiene notarizado como un testamento vital.
Así mismo, resaltó que existe la opinión de un psicólogo, el cual evidenció que Paola está consciente de su decisión y hay médicos dispuestos a practicarle la eutanasia.
“Si Paola lo decidiera, cumple todos los requisitos, y podría hacerlo cuando ella crea oportuno”, dijo Ávila.
Añadió que se podría utilizar el protocolo que hay en Colombia, el cual fue adjuntado en la demanda, hasta que el Ministerio de Salud emita el reglamento.
“En ese documento consta el tipo de sustancia, el tipo de paciente, las condiciones médicas, etc. Si es que se va a aplicar la eutanasia antes del protocolo del Ministerio de Salud, se podría usar esos estándares”, reiteró el jurista.