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La cadena española Yelmo Cines fue multada con 30 mil euros por prohibir a los clientes ingresar a las salas con comida y bebida que no hubieran sido adquiridos en sus establecimientos comerciales.

La organización Facua Euskadi denunció a la cadena de cines, argumentando que esta práctica era abusiva. La elevada sanción fue impuesta por la Kontsumobide, el Instituto de Consumo del País Vasco, una comunidad autónoma en el norte de España

Facua argumentó que la actividad principal de un cine es la exhibición de películas, no la venta de comida y bebida. Por lo tanto, no era válido que Yelmo Cines se acogiera a esta excusa para impedir la entrada con comida y bebida del exterior.

“Facua argumentaba que el servicio de ambigú no es la actividad esencial definitoria del cine, por lo que no puede ejercer ese derecho de admisión como si se tratase de un restaurante. La actividad de exhibición cinematográfica existe con independencia de que la empresa ofrezca un servicio de ambigú, no requiriendo a este para la existencia de aquel”, recalcaron dicho ente.

Yelmo Cines respondió a la multa afirmando que se trataba de un procedimiento en curso y que habían presentado un recurso administrativo. Sin embargo, Facua señaló que el procedimiento aún estaba pendiente de la celebración del juicio y su posterior resolución.

Facua también recordó que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva.

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