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Agente de la AMT fue sentenciado por muerte culposa de motociclista en la avenida Simón Bolívar

Bryan F., un agente civil de tránsito de Quito, deberá pagar una condena de ocho meses de cárcel por el delito de muerte culposa de un motociclista que circulaba en la avenida Simón Bolívar el sábado 20 de noviembre del 2021.

La Fiscalía informó que un Tribunal emitió este veredicto este jueves 9 de marzo del 2023.

Un choque tras un siniestro preliminar

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El fatal siniestro ocurrió en la avenida Simón Bolívar y la calle Barreto la mañana del 20 de noviembre. Ese día se produjo un choque a la altura de la Universidad Internacional por lo que uniformados de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) activaron un contraflujo.

En este contexto el ahora sentenciado –que conducía una camioneta de la Empresa Metropolitana de Movilidad– intentó realizar un giro en U en un lugar no permitido pero no completó la maniobra.

Esto hizo que obstaculizara el carril de circulación por el que transitaba la víctima en su motocicleta, provocando que se impactara a gran velocidad con el automotor que conducía el agente de Tránsito.

Se pide investigar a otros agentes

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Ese día en videos publicados en redes sociales circuló que el agente tras el choque se subía a una motocicleta conducida por otro agente de la AMT y se alejaba del lugar del siniestro lo que fue reclamado por varias personas que presenciaron el hecho. Mientras, el motociclista quedó tendido en la vía sin ser auxiliado.

Por este hecho el Tribunal dispuso que que se oficie a la AMT para queinvestigue la conducta de los agentes de Tránsito que estuvieron presentes en el hecho. También que se remitan copias certificadas del proceso a Fiscalía para que se inicie una investigación por un presunto fraude procesal.

La sentencia para el agente de tránsito

En la audiencia de juicio se probó que elagente Bryan F. no tomó las medidas de seguridad vial, tendientes a evitar un siniestro, «ya que giró en un lugar no habilitado para hacerlo; y que –luego del choque– no brindó atención a la víctima que se encontraba tendida en la vía pública».

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En la sentencia se estableció una pena privativa de libertad de ocho meses, además de la suspensión de su licencia por seis meses y el pago de USD 19 200 a los hijos de la víctima, como reparación integral. 

AMT debe ofrecer disculpas

El uniformado y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) –de forma solidaria– deben pagar USD 21 600 por concepto de reparación inmaterial. Así como la presentación de disculpas públicas por parte del sentenciado y de la mencionada institución.

El delito de muerte culposa se encuentra tipificado en el artículo 377 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de uno a seis meses.

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